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La Cámara del Crimen sobreseyó al dueño de Cromañon

La Cámara del Crimen porteña revocó el procesamiento y sobreseyó al empresario Rafael Levy, el sindicado dueño del local "República de Cromañón", donde un incendio ocurrido en 2004 provocó 194 muertes.
Levy había sido procesado hace dos meses por el juez de Instrucción Alberto Baños, quien le imputó los delitos de "estrago doloso seguido de muerte" y "cohecho activo", misma acusación que pesa sobre el gerenciador Omar Chabán y el grupo "Callejeros".

De hecho, el magistrado había considerado que existía una sociedad entre el empresario y el gerenciador, lo que se constituyó en una prueba para procesar a Levy.

Sin embargo, los camaristas de la Sala V, María Laura Garrigós de Rébori, Rodolfo Pociello Argerich y Gustavo Bruzzone, consideraron que los indicios que llevaron a Baños a dar por probada "la existencia de una sociedad de hecho Levy-Chabán, encaminada a una explotación comercial común, no son cabalmente definitorios".

En su resolución, Baños se basó en la frecuencia con la que el empresario se reunía con Chabán, la falta de recibos de pagos mensuales, la no exigencia de un garante, y la "persistencia en cabeza de Levy de una importante cuota de poder sobre el salón", más propios de una sociedad que de una relación locador/locatario.

Sin embargo, los camaristas consideraron que hechos como "las nuevas aberturas de comunicación hotel/salón" y "el hallazgo de llaves de las dependencias del salón en el sector del hotel", no permitían extraer las conclusiones a las que arribó el juez.

En cuanto a las puertas del local, "fueron abiertas hacia fines del 2003 y bien pudieron haber respondido a motivos de mera comodidad; por ejemplo, para las tareas de limpieza o mantenimiento del salón o para su muestra".

Con respecto a las llaves, "no sería ilógico que el hotel tuviera en su poder copia de los accesos al salón y sus dependencias para un caso de urgencia o de pérdida de llaves por parte de los locatarios".

La puerta de emergencia cerrada tampoco habría sido responsabilidad del empresario, ya que si bien "tenía particular interés en que estuviera cerrada, en resguardo del hotel"...nadie puso "en boca de Levy o sus dependientes indicaciones específicas de cómo debía operarse materialmente el cierre".

"Mucho menos aún, que éste (cierre) se debía hacer en condiciones tales como las que se verificaron el 30 de diciembre de 2004 (con candado y alambre de por medio)", señalaron los camaristas, quienes remarcaron que otros organizadores de recitales habían pedido y logrado que ese portón se mantuviese abierto.

Según la Sala V, Levy habría quedado totalmente fuera de las responsabilidades vinculadas con el salón, a partir de la cláusula 19 del contrato de alquiler con Chabán, por el cual el gerente se hacía cargo de "todos los aspectos administrativos que correspondan a la explotación que realizará del inmueble, especialmente lo referido a la habilitación".

Al justificar el sobreseimiento, los camaristas subrayaron que "la posición de organizador de un evento sólo puede asignarse a quien ejecuta, de hecho, actos estrechamente vinculados a la satisfacción de la multiplicidad de aspectos que, inexorablemente, impliquen la puesta en funcionamiento del particular espectáculo de que se trate".

Sobre esa base se sustenta la exculpación del empresario, ya que "únicamente Chabán y/o los integrantes del grupo ("Callejeros") fueron quienes desarrollaron actividad común o distribuida para satisfacer las cuestiones imprescindibles para la confluencia músicos/público ese 30 de diciembre" de 2004.

"Aún si admitiéramos la existencia de la mencionada sociedad de hecho, Levy no puede ser considerado garante de la seguridad de los espectáculos, en paridad con Chabán y el grupo "Callejeros", porque se ha probado que no desempeñó el rol de organizador" del recital que tuvo lugar la noche del incendio.

"Si consideráramos la locación del espacio donde funcionó 'República Cromañón' para la realización de recitales de rock y el asentimiento para el ingreso excesivo de personas como prestaciones peligrosas en términos del resultado estrago, el presente caso no sería uno de aquéllos que conlleva responsabilidad penal", insistieron los jueces.

El juicio por la tragedia de Cromañón comenzará el 19 de agosto próximo y estará a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24, integrado por los jueces María Cecilia Maiza, Marcelo Alvero y Daniel Llanos.

El debate tendrá a 15 acusados y se llevará a cabo en la sala de audiencias de la Corte Suprema de Justicia, donde se realizó el histórico juicio a las Juntas Militares en 1985.

Además de Chabán, los siete "Callejeros" y su manager, está imputado el ex jefe de seguridad del local, Raúl Villarreal, pero como "partícipe necesario" del mismo delito que los primeros.

Por su parte, los dos ex jefes de la comisaría 7ma. están acusados de "cohecho pasivo", en tanto que Fabiana Fiszbin, ex subsecretaria de Control Comunal, y los ex directores de esa dependencia Gustavo Torres y Ana María Fernández, están imputados de incumplimiento de los deberes de funcionario público. (Télam).

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