Los camaristas Rodolfo Pociello Argerich y María Laura Garrigós de Rébori entendieron que también fue responsable de haber disminuido el patrimonio de la sociedad "Delarcampo S.A.", que subdirigía y administraba, "mediante la venta de un inmueble de la calle Arenales 874... y de unos lotes en la localidad de San Fernando, provincia de Buenos Aires".
Según las constancias y pericias efectuadas en el expediente, el departamento se habría vendido en 340 mil dólares, pero en los libros de la sociedad sólo se registró el ingreso de 238 mil.
En la causa se refiere que "para el año 1999 (Del Campo) le informó a ella (su tía) que sus bienes alcanzaban la suma de 893 mil dólares... en octubre de 2001 su patrimonio se habría reducido a la suma de 607 mil pesos argentinos, y cuando requirió explicaciones le informaron que de aquella suma inicial sólo restaban 2.230 dólares".
Los camaristas desestimaron la totalidad de los argumentos defensistas de Del Campo y dispusieron el revocamiento de la falta de mérito, y su procesamiento por el presunto delito de estafa, por el que podría recibir penas de hasta seis años de cárcel.