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Telefónicas: Si no invierten no se les permitiría vender nuevas líneas

Telefónicas: Si no invierten no se les permitiría vender nuevas líneas
El Gobierno dictará un nuevo reglamento de licencias para servicios de telecomunicación, en donde se establecerán requisitos de calidad para la prestación del servicio, a la vez que dispondrá, en caso de que lo considere, “medidas idóneas” para garantizar su efectivo cumplimiento y evitar el “deterioro en la calidad del servicio”, bajo eventuales penas de “suspensión de la comercialización y activación de nuevas líneas y servicios”.
Así lo establece el Decreto 681/2013, publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la presidenta Cristina Fernández, en el que se facultó a la secretaría de Comunicaciones, con la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), a dictar en los próximos 30 días “un nuevo reglamento que establezca los requisitos de calidad para la prestación de los servicios de telecomunicaciones a ser cumplidos por los licenciatarios”.

En los considerandos de la norma se señala que “resulta imprescindible otorgar a la Autoridad de Aplicación la facultad de disponer, a fin de evitar un deterioro grave en la calidad de los servicios de telecomunicaciones, las medidas preventivas que resulten idóneas, tales como la suspensión de la comercialización y activación de nuevas líneas y servicios por parte de las licenciatarias”.

El Decreto modifica otro anterior, el 764, dictado en el año 2000, incorporando, como artículo 10 bis, “medidas preventivas del deterioro en la calidad del servicio”.

Allí se indica que la autoridad de aplicación, con la intervención de la autoridad de control, “podrá disponer con carácter preventivo, a fin de evitar el deterioro grave de la calidad de los servicios de telecomunicaciones, las medidas que resulten idóneas para garantizar el efectivo cumplimiento por parte de los licenciatarios de los servicios de telecomunicaciones, de los requerimientos de calidad del servicio establecidos en las disposiciones vigentes”.

También se instruye a la secretaría de Comunicaciones, “a dictar con la intervención previa de la CNC, dentro del plazo de 30 días, un nuevo reglamento que establezca los requisitos de calidad para la prestación de los servicios de telecomunicaciones a ser cumplidos por los licenciatarios”.

Ese nuevo reglamento servirá, según se indica, “para un uso eficaz, eficiente y racional de la red y del espectro radioeléctrico en atención al avance tecnológico y a las necesidades de los usuarios”.

En los considerandos, la norma hace hincapié en que “a partir de la información provista por las prestadoras de servicios de comunicaciones móviles, la autoridad de control constató que durante el período comprendido entre febrero y abril de 2013, se incrementó la cantidad de reclamos efectuados”.

Entre ellos se destacan los realizados “por créditos prepagos (86,41 por ciento); por servicios de datos (70,65 por ciento); por facturación (24,72); por servicio de mensajería corta (SMS) (10,16 por ciento), y por acceso al servicio (6,54 por ciento).

También se indica que “resulta primordial para el estado nacional que los emprendimientos que se realicen a nivel sectorial promuevan la inversión y la generación de empleo, no encontrándose la planificación y administración de las redes y del espectro radioeléctrico ajenas a esas políticas públicas”.

Además, se puntualiza que “resulta de interés prioritario, a fin de salvaguardar los derechos de los usuarios, establecer nuevos requisitos de calidad del servicio que garanticen una eficiente prestación y exigir a los licenciatarios una permanente adecuación de sus redes de modo tal que se satisfagan tales requerimientos”.

El Decreto también lleva las firmas del jefe de Gabinete de ministros, Juan Manuel Abal Medina y del ministro de Planificación, Julio de Vido.

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