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La corte bonaerense habilito la candidatura de De Narvaez

La corte bonaerense habilito la candidatura de De Narvaez
La Suprema Corte de Justicia bonaerense habilitó hoy al empresario Francisco de Narváez para presentarse como candidato a gobernador por el partido Unión-Pro en las próximas elecciones del domingo 28 de octubre.
En una acordada extraordinaria y por amplia mayoría, el máximo Tribunal resolvió de esta manera rechazar el recurso de inaplicabilidad de ley que habían interpuesto contra la candidatura de De Narvaéz el Movimiento Popular Bonaerense, el Movimiento de Integración Desarrollo (MID) y el Partido Demócrata Conservador.

En un extenso fallo de más de un centenar de carillas y al que tuvo acceso Télam, la Corte consideró que el candidato de Unión-Pro "cumple con los requisitos legales exigibles para ser candidato en los próximos comicios del día 28 de octubre".

Es que De Narváez había sido impugnado por el sector del lavagnismo, por considerar que no cumple con los requisitos que exige la Constitución provincial para ser gobernador, tales como ser argentino nativo o hijo de ciudadanos argentinos nativos.

Sin embargo, 6 de los 7 integrantes del Tribunal coincidieron en que De Narváez es argentino naturalizado, vive desde hace mucho tiempo en el país, renunció a su ciudadanía colombiana y que por los tratados internacionales "no puede haber ciudadanos de primera y de segunda".

A favor de la candidatura de De Narvaéz votaron los jueces Juan Carlos Hitters, Hilda Kogan, Héctor Negri y Eduardo Pettigiani y los dos conjueces convocados para esta causa, Federico Dominguez y Carlos Natiello.

En disidencia, votó el juez Eduardo De Lázzari quien consideró que no advierte "irrazonabilidad alguna en que la Constitución provincial, de la misma manera que lo hace la nacional, fije como recaudo para acceder al más alto cargo del Poder Ejecutivo el que quien se postula sea ciudadano nativo o hijo de ciudadanos nativos".

Pero la mayoría de los integrantes de la Corte ratificó la resolución que había adoptado la Junta Electoral provincial que hace tres meses habilitó la candidatura de De Narvaéz cuando el propio candidato presentó un pedido de declaración de certeza con el objetivo de despejar dudas en cuanto a si cumplía con los requisitos para ser gobernador.
Para Hitters, la cláusula impuesta por la Constitución en cuanto a los requisitos para ser gobernador fue pensada "en otro momento histórico del país".

Consideró que en la actualidad "no se avizoran elementos para considerar que la restricción del derecho político de ser elegido por no haber nacido en el país (pese a ser ciudadano argentino naturalizado), constituya la alternativa menos gravosa para procurar la finalidad perseguida por el constituyente".

Puntualizó además que en este caso no se está "ante una disyuntiva entre nacionales y extranjeros, sino entre nacionales "nativos" y "naturalizados".

Dijo además que "históricamente el recaudo de haber nacido aquí (y no sólo estar nacionalizado) resultaba razonable en un contexto en el que el resguardo de nuestra independencia y soberanía como Nación demandaban prestar atención al país de origen de los ciudadanos que pretendieran ser primeros mandatarios".

Con esos fundamentos, estimó que "la exigencia de que el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires haya nacido en el territorio argentino o sea hijo de ciudadano nativo no resulta una restricción razonable del derecho político a ser elegido, por consagrar una distinción injustificada en perjuicio de los argentinos naturalizados".

En la misma sintonía se expresó Eduardo Pettigiani quien además citó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado por ley del Congreso Nacional que otorga el derecho a ser elegido a los ciudadanos naturalizados.

Pettigiani precisó también que De Narváez "reside en el país desde muy temprana edad (antes de cumplir los cinco años), renunció a su ciudadanía de origen y en 1992 se lo declaró ciudadano argentino bajo juramento de comprometer su fidelidad a la República Argentina a sus instituciones y a la Constitución nacional".

En la acordada, los integrantes de la Corte rechazaron las críticas sobre el momento en el que se tratan las impugnaciones teniendo en cuenta que las elecciones son el próximo domingo y lo atribuyeron a la "inadecuada regulación procesal".

"No fue esta Corte la responsable de la urgencia en fallar, sino la inadecuada regulación procesal de nuestra ley electoral; la oportunidad en que las articulaciones fueron formuladas por las partes interesadas; el apretado cronograma electoral previsto, y la época en que la Junta Electoral remitió los autos", sostuvieron.

En la Corte se encuentran para su tratamiento las impugnaciones que llegaron a esa esfera judicial sobre las candidaturas a gobernador bonaerense del vicepresidente Daniel Scioli y de Luis Patti.

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