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El Servicio Penitenciario deberá utilizar medios tecnológicos para requisar a las detenidas en la cárcel de Ezeiza

La Cámara de Casación Federal confirmó hoy la orden impuesta al Servicio Penitenciario Federal (SPF) de implementar medios tecnológicos para hacer las requisas a las mujeres detenidas en la cárcel de Ezeiza.
Ante la queja de algunas de las presas, que denunciaron prácticas humillantes a la hora de ser revisadas por las autoridades del penal, la Sala IV de este tribunal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos, resolvió rechazar por unanimidad un recurso presentado por el director del SPF y ratificar el fallo dictado por la Sala I de Apelaciones de La Plata.

De esta manera, el organismo deberá “en el término de quince días” adoptar todas “las medidas necesarias para implementar de manera efectiva y eficaz los medios tecnológicos pertinentes en toda requisa que se practique a las internas alojadas” en ese penal, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).

Según explicó el juez Hornos, para definir su voto se basó en diferentes documentos internacionales referidos al tema, como las “Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes”.

Así las cosas, las autoridades de la cárcel deberán informar al tribunal, cada quince días, el avance de las tareas realizadas por el Consejo Consultivo de Políticas Penitenciarias para implementar el nuevo Protocolo para el procedimiento de requisas que prevea el uso de medios tecnológicos y evite así las antiguas “prácticas degradantes y humillantes.

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