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Tres jóvenes DJ´s irán a juicio acusados por la sobredosis de una diseñadora en Vicente López

El tribunal de Casación Penal bonaerense ordenó revocar el sobreseimiento y enviar a juicio oral a tres disc jockeys que fueron responsabilizados de la muerte de una joven de 24 años, causada por una sobredosis de cocaína, en 2009, en el partido de Vicente López, informaron hoy fuentes judiciales.
Se trata de un fallo de la Sala III del mencionado tribunal que ahora ordenó que se defina en un debate oral la inocencia o culpabilidad de tres imputados que tiene la causa, Lucio De Crocci (31), alias “Loopcio”, Lucio Rossi (26) y Rodrígo Puente (27), en la muerte de Aldana Vanesa Raquel Salama (24).

Los tres están imputados por “abandono de persona seguido de muerte”, delito que prevé una pena de entre 5 y 15 años de prisión, según el artículo 106 del Código Penal.

Los acusados, que al momento del hecho eran amigos entre sí y eran DJ's de música electrónica, fueron beneficiados en su momento por la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro que revocó la elevación a juicio y ordenó su sobreseimiento.

Ese fallo fue apelado por la fiscalía general de San Isidro ante Casación que ahora ordenó que todo se dirima en el debate oral.

En el fallo -al que tuvo acceso Télam-, el juez Ricardo Borinsky señala que “corresponde la elevación del legajo al juicio donde se apreciarán las pruebas aportadas y las provenientes de la investigación preparatoria, a fin de concluir si los imputados Puente, Di Crocci y Rossi cometieron o no el hecho que en principio se les endilga, esto es el abandono de persona seguido de muerte”.

El otro juez que firma la resolución, Daniel Carral, agrega: “Entiendo necesario que la hipótesis de la acusación sea debatida en juicio oral, público y contradictorio, donde la inmediatez propia de la etapa permitirá, entonces, desentrañar lo efectivamente acontecido arribando a una verdad al menos más fiable, y desde allí también, a partir de lo recreado, en su caso, subsumir adecuadamente la conducta reprochada desde la acusación”.

El hecho se registró durante la madrugada del 19 de diciembre de 2009 en la localidad de Florida, Vicente López, y tuvo como víctima a Salama, una diseñadora textil que además ejercía la docencia en un templo judío.

La causa estuvo a cargo de John Broyad, uno de los flamantes fiscales generales adjuntos de San Isidro y ex titular de la Unidad Funcional de Instrucción de Investigaciones de Drogas Ilícitas de Vicente López.

Según su requerimiento de elevación a juicio de Broyad -al que tuvo acceso Télam-, dentro de la casa de Rossi, en la calle San Martín al 1200, de Florida, los tres acusados “colocaron en situación de desamparo a la víctima de autos quien se encontraba incapaz de valerse por sí misma, pues poseía una intoxicación producida por una ingesta inusual de cocaína”.

Según el fiscal, en vez de llamar a emergencias, introdujeron a Aldana en un auto Honda Fit, con el que “no se dirigieron en ese momento a ningún centro asistencial, sino, por el contrario, circularon con destino incierto”.

Siempre según lo reconstruido por Broyad, en la calle San Martín entre avenida Del Libertador y Bartolomé Cruz, los jóvenes descendieron a Aldana del vehículo y realizaron un llamado al 911 para luego, “con la víctima fallecida", dirigirse a un sanatorio, el Hospital Privado Modelo, en la calle Roca 1811, de Florida.

En dicha clínica, Aldana fue recibida a las 2.10 de la madrugada por la médica Susana Seccardini -la misma que estuvo imputada pero luego fue sobreseída en al causa de la falsa médica Giselle Rímolo-, quien le hizo maniobras de resuscitación en el “shock room”, pero declaró que la chica llevaba fallecida de 30 a 40 minutos.

El médico forense, Héctor Moreira -el mismo que le hizo la autopsia a María Marta García Belsunce-, concluyó que el deceso se produjo entre las 0 y la 1.30 de aquella madrugada del 19 de diciembre de 2009.

Broyad formuló en su acusación una serie de conclusiones que a su criterio comprometen a los imputados: hicieron “un solo llamado al 911” en el que no informaron sobre el consumo de cocaína; “la víctima entró fallecida al hospital” y “si la muerte fue a la 1.30 y el primer llamado lo hicieron a la 1.49, dejaron a la víctima durante 19 minutos sin atención médica”.

Además, el fiscal sostiene que “no fueron al hospital (público) por miedo a ser denunciados”, ni a "la comisaría ubicada en las inmediaciones” y que “todas sus acciones tendieron al ocultamiento”.

El requerimiento de elevación a juicio de Broyad fue avalado e impulsado en su momento por el entonces juez de Garantías 3 de San Isidro, Rafael Sal Lari, pero luego, las defensas apelaron y la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, integrada por Duilio Cámpora y Oscar Quintana, sobreseyó a los tres acusados en febrero de 2014.

Para los camaristas, la descripción del hecho no estaba bien formulada por el fiscal, no se demostró que los acusados actuaron con dolo y, además, la mayoría de las conductas que les endilgó ocurrieron luego de las 1.30, cuando Aldana ya estaba fallecida y, por lo tanto, no hubo abandono de persona.

Esa resolución fue apelada y ahora el Tribunal de Casación provincial falló para para que la situación de los tres imputados se defina en un juicio oral.

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