En ese sentido, los magistrados explicaron que la llamada telefónica “debió limitarse a concertar una entrevista” con la mujer y hacerle saber que “ya se tenían los resultados a entregar personalmente”.
Los hechos ocurrieron el 5 de febrero del 2003, cuando la postulante “fue contactada para ingresar como enfermera” en un centro médico privado, y el 12 de marzo, “encontrándose en su casa junto a una amiga, recibe un llamado telefónico informándole que del análisis efectuado resultaba ser portadora de HIV y no sería contratada”.
Sin embargo, un estudio posterior que la mujer realizó por su cuenta, arrojó “resultado negativo, que también fue reconfirmado con otro subsiguiente” por lo que se concluyó que el inicial “se debió a un 'falso positivo”.
La medida ya registra antecedentes, porque en 2006 la sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca, en un expediente por daños y perjuicios, condenó al municipio a indemnizar a un hombre al que en 1992 se le informó que era portador de HIV y tres años después le dijeron que el diagnóstico era equivocado.