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¿Quiénes pueden y quienes no pueden ser jurados populares en la provincia de Buenos Aires?

Los miembros seleccionados para integrar los jurados populares en la provincia de Buenos Aires deberán ser argentinos, nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años, entiendan “plenamente” el idioma nacional, estén “en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos” y que gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.
Mientras que no podrán serlo aquellas que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.

Tampoco podrán los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, los integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.

Además estarán inhabilitados para ser jurado los abogados, escribanos y procuradores, los condenados por delito doloso, los imputados que se encuentren sometidos a proceso penal en trámite, los ministros de un culto religioso y las autoridades directivas de los partidos políticos.

Sobre la remuneración, la reglamentación de la ley señala que cuando se trate de empleados públicos o privados será “mediante declaratoria en comisión con goce de haberes, de carácter obligatorio para el empleador”.

En tanto que los trabajadores independientes o desempleados “podrán ser retribuidos a su pedido, con la suma de dos jus diarios (542 pesos)”.

Asimismo aclara que tanto para juicios de larga duración o en aquellos en que el jurado deba recorrer largas distancias para asistir, “el Estado les asignará a su favor una dieta diaria suficiente para cubrir sus costos de transporte y comida”.

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