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Revocan la absolución de Menem y lo condenan por contrabando de armas

Revocan la absolución de Menem y lo condenan por contrabando de armas
El senador nacional y ex presidente Carlos Menem fue condenado esta mañana como coautor de contrabando agravado de armas a Croacia y Ecuador, de 1990 a 1995, junto a 11 enjuiciados en esa causa penal, entre ellos el ex ministro de Defensa Oscar Camilión.
El senador nacional y ex presidente Carlos Menem y su ex ministro de Defensa Oscar Camilión fueron condenados hoy como coautores de contrabando agravado de armas a Croacia y Ecuador, de 1991 a 1994, junto a diez enjuiciados más.

Así lo resolvió la Sala Uno de la Cámara Federal Nacional de Casación Penal, que revocó las absoluciones dictadas en 2011, tras tres años de juicio, por el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 (TOPE3) y ordenó a los mismos jueces que ahora impongan las penas, que podrían ascender de cuatro a 12 años de cárcel.

Para los jueces del TOPE3, Luis Imas y Horacio Artabe, en cambio, la venta de armas no consistió, según habían resuelto en su sentencia, un “acto de contrabando” sino que fue una "decisión de política exterior y un acto político no judiciable”. En disidencia, el juez Gustavo Losada había votado por la culpabilidad.

Ahora al ex cuñado de Menem Emir Yoma; al ex director de Seguridad Internacional de Cancillería Enrique Julio de la Torre, y al ex funcionario de Defensa Mauricio Muzi, Casación les confirmó las absoluciones, mientras que sobre el ex jefe de la Fuerza Aérea Juan Paulik ratificó el sobreseimiento por prescripción.

La lista de condenados incluye al ex coronel de Ejército y traficante de armas Diego Palleros; los ex funcionarios de la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM) Luis Sarlenga, Edberto González de la Vega, Carlos Jorge Franke, Jorge Antonio Manuel Cornejo Torino, Manuel Cornejo Torino y Teresa Irañeta de Canterino.

Y se completa con los ex funcionarios del área de Defensa Julio Jesús Sabra, Carlos Alberto Núñez, Haroldo Fusari.

Respecto del enjuiciado y ex militar Antonio Vicario, la Sala Uno decidió suspender el recurso de casación y remitir el caso al TOPE3 para que “resuelva si se encuentra prescripta la acción penal”.

Los camaristas Eduardo Madueño, Luis María Cabral y Juan Gemignani dictaron las condenas “en función de la inserción de destinos falsos (Panamá en el caso de los decretos 1697/91 y 2283/91 y Venezuela en el caso del decreto 103/95) a efectos de ocultar a la Aduana los verdaderos destinos” Croacia y Ecuador.
A esos países que libraban guerras “se dirigían las exportaciones” de armamento y “en algunos casos”, además, “existió aprovechamiento del especial procedimiento de exportación de material bélico secreto para cobrar indebidamente reintegros por elementos que eran usados y viejos”.

En todos los casos el contrabando se consideró agravado por tratarse de material bélico (artículo 867) y a su vez por la intervención de más de tres personas (artículo 865 inciso a) y por haberse realizado con la participación de funcionarios públicos (artículo 865 inciso b)”, ponderaron los jueces.

Para la Sala Uno hubo “tres momentos históricos” en todo este caso y los separó así: “la suscripción (…) por Menem de los decretos mediante los cuales se autorizó la venta a Panamá y Venezuela”; “el embarque con un destino falso y de materiales no autorizados”; y “la percepción indebida de reintegros”.

Además, dio por probado que “los embarques con destino final que no coincidía con el expresado en las autorizaciones” fueron en el “buque OPATIJA, que zarpara de Buenos Aires el 21/09/91” así como en el “buque SENJ, que zarpara de Buenos Aires el 8/06/93”.

También individualizó otros en el “buque KRK, que zarpara de Buenos Aires el 14/08/93”; en el “buque OPATIJA, que zarpara de buenos Aires el 14/08/93”; en el “buque GROBNIK, el 27/11/93”; en el “buque LEDENICE, el 12/03/94”.

Con destinos directos a Croacia y Ecuador, en cambio, detectó los realizados en “el buque RIJEKA EXPRESS”, el 3/01/95” y los embarques aéreos “en vuelos de los aeronave DC8 matricula 54N57FB”, respectivamente.

Los camaristas señalaron que entre el armamento exportado había “obuses italianos y cañones Citer que fueron retirados de unidades del Ejército argentino”, a los cuales “se les suprimió la identificación y numeración”, y “pólvora, municiones y armas viejas, de funcionamiento anormal y de uso prohibido por su peligrosidad”.

Por consiguiente concluyeron que “la imputación consiste en la burla a la fiscalización de la Administración Nacional de Aduanas de las operaciones de venta de material bélico” a países con los que estaba “prohibida” y se hizo en forma “clandestina”, además de beneficiarse con reintegros indebidos”.

Asimismo, Madueño, Cabral y Gemignani establecieron que en la ex Yugoslavia “se tuvo conocimiento de esta venta de armas a Croacia” y ello “puso en peligro a las tropas argentinas allí destacadas en función de garantes de paz por las Naciones Unidas”.

El escándalo de la venta de 6.500 toneladas de armas, de 1991 a 1995 a Croacia y Ecuador, durante las guerras de los Balcanes y del Cenepa, respectivamente, saltó a la prensa porque la ONU había dictado un embargo de comercializar armamento a ambos países. Y la denuncia original fue radicada por el abogado porteño Ricardo Monner Sans.

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