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Transfieren el servicio de Edelap y el contrato de concesión a la provincia de Buenos Aires

El Gobierno transfirió hoy a la provincia de Buenos Aires el contrato de concesión y la jurisdicción sobre el servicio que presta la distribuidora de energía eléctrica EDELAP, que abarca los partidos de La Plata, Berisso, Ensenada, Brandsen, Magdalena y Verónica.
La medida fue adoptada a través del Decreto 1853/2011, que lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de Gabinete de Ministros, Aníbal Fernández, y del ministro de Planificación, Julio de Vido, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

El traspaso de Edelap se sustenta en el acta acuerdo suscripto el 18 de marzo pasado por De Vido, la ministra de Infraestructura bonaerense, María Cristina Álvarez Rodríguez, y el presidente de EDELAP, Jesús Bolinaga Serfaty, y faculta tanto a la Secretaría de Energía de la Nación como al Ente Nacional Regulador de la Electricidad a dictar normas complementarias a la trasferencia.

El acta acuerdo puntualiza, entre otras cosas, que "con el ánimo de establecer una postura adecuada a la luz de lo que se conviene en el presente acuerdo y lograr uniformidad de criterios en relación al servicio público de energía eléctrica provincial, resulta imprescindible que el actual proceso de Revisión Tarifaria Integral de la empresa EDELAP S.A. así como todo proceso de actualización de costos que se encuentre en trámite, sean transferidos al ámbito de la Provincia de Buenos Aires".

También se estipula en el acta acuerdo que el ENRE dejará sin efecto las sanciones aplicadas a EDELAP y que transferirá los créditos, por multas, y sanciones a la provincia de Buenos Aires.

No obstante, se indica que "las cuestiones pendientes de resolución" planteadas por los usuarios contra la empresa, "continuarán en (la órbita de) el ENRE hasta su resolución definitiva".

En lo que hace a las condiciones fijadas en el acta acuerdo, figura que EDELAP y sus accionistas, directos e indirectos "mantendrá la suspensión de todos los reclamos, recursos y demandas entabladas o en curso, tanto en sede administrativas, arbitral o judicial de nuestro país o del exterior" fundadas o vinculadas con "medidas dispuestas a partir de la situación de emergencia" económica, establecida en la ley 25.561.

Además, se estipula que dentro de los 10 días hábiles "de aprobado el proceso de Estudio Integral de Condiciones Sustentables para la Prestación del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica en la Provincia de Buenos Aires, EDELAP deberá desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudiera eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso, fundados o vinculados en los hechos o medidas dispuestas a partir de la situación de emergencia establecida por la Ley Nº 25.561 respecto del Contrato de Concesión, respecto del Estado Nacional".

"Dicho desistimiento -se especifica- deberá alcanzar los derechos y acciones que pudieran plantearse ante instancias administrativas, arbitrales o judiciales, de nuestro país o del exterior".

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