Dicha legislación dispone que para ser admitido en la administración pública el aspirante deberá ser "argentino nativo, por opción o naturalizado", con la excepción de los extranjeros que “cuenten con cinco años como mínimo de residencia en el país” o cuando se tengan que cubrir vacantes "a cargos indispensables de carácter profesional, técnico o especial".
Entre los fundamentos del proyecto de reforma, se destaca que “en marco de los procesos de integración regional, en procesos sociales de extensión de la vida activa y útil, resultan disposiciones limitativas contrarias al sentido común”.