Esas fotos aparecieron en un sitio de internet de escenas sexuales amateurs y fueron rápidamente reproducidas por medios gráficos, audiovisuales y por internet, sin autorización de la pareja.
El juez Converset, según explicó la abogada Gallego, ordenó "suspender y abstenerse de difundir, publicar y/o exhibir, ya sea en forma gráfica o televisiva, cualquier material fotográfico en estado de desnudez e íntimo" del matrimonio.
El magistrado citó jurisprudencia sobre el derecho a la intimidad y a la propia imagen de las personas, y reivindicó el "derecho a ser dejado en paz" de los individuos públicos.
"El fallo establece que la intimidad de las personas resulta uno de los mayores valores del respeto a la dignidad de las personas y un rasgo diferencial entre el estado de derecho democrático y las formas políticas autoritarias y totalitarias", opinó la abogada.