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Más de un millón de multas por violar la ley de talles

Más de un millón de multas fueron aplicadas en lo que va del año a comercios bonaerenses que infringieron la Ley de Talles y otras irregularidades de lealtad comercial, un 170% más que durante el mismo período de 2010, informaron fuentes oficiales.
"Entre enero y abril, el total de multas aplicadas a comercios fue de alrededor de 1,3 millones entre las que se incluyen también sanciones por no exhibición de precios, cobro diferenciado del precio publicado en las góndolas y publicidad engañosa", explicó el ministro de la Producción bonaerense, Martín Ferré.

El funcionario bonaerense consideró que la única manera de procurar que el sistema productivo de la Provincia crezca y se potencie "es generar un sólido vínculo de transparencia en la relación entre el empresario y el consumidor".

"Por esto, el gobernador Daniel Scioli ha fijado como una de las pautas de trabajo la puesta en marcha de acciones que defiendan a los consumidores ante condiciones desfavorables y se genere conciencia en los comerciantes de la importancia de mantener un lazo de transparencia y confianza necesario para el fortalecimiento de la producción”, resaltó Ferré.

En lo que va del año la provincia de Buenos Aires aplicó multas por 1.244.550 pesos y de ese total, el 35% (445.950 pesos) correspondió a sanciones aplicadas a comercios que violaron la Ley 12.665, conocida como Ley de Talles.

Entre las infracciones detectadas por la aplicación de esta normativa se encuentran la falta de marcación numérica en las prendas (la ley ordena ubicar los talles del 38 al 48), del pictograma que indica a qué medida corporal corresponde cada una de ellas y de stock correspondiente a todos los talles.

Con respecto al mismo período del año pasado las multas aplicadas casi se incrementaron en un 170% ya que en 2010 se había sancionado por 165.500 pesos.

Las multas por violaciones a la Ley de Lealtad Comercial significaron el 45% del total en lo que va del año.

Esta normativa establece controles de obligatoriedad de exhibición de precios, de control de diferencia de precios entre góndola y caja, del contenido neto de los productos y de publicidad engañosa

En materia de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), la penalidad económica llegó a 201.500 pesos y representó el 16% del total.
Esta norma tiene por objeto la protección al consumidor o usuario, es decir todas aquellas personas que contratan un bien o servicio para su consumo final, en tanto que por violaciones a la Ley 19.511 de Metrología Legal (que establece penalizaciones por infracciones detectadas en los controles de pesos y medidas realizados en instrumentos de medición como balanzas y surtidores) se multó por 34.500 pesos.

En el caso de multas por no respetar la Ley de Lealtad Comercial y a la de Metrología Legal, una vez aplicadas son notificadas al infractor quien tiene un plazo de 10 días hábiles para abonarla o apelarla.

Si es apelada interviene la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que puede confirmar la sanción total, parcialmente o revocar la multa (por infracciones las Leyes de Defensa del Consumidor y Talles interviene el fuero Contencioso Administrativo).

En caso de que no se abone, procede la Fiscalía de Estado para su ejecución fiscal.

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