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Destacan fallo de la Corte Suprema que declaró "inconstitucionales" los embargos administrativos

El Instituto de Derecho Tributario de la Academia Nacional de Derecho emitió una declaración en la que ponderó la decisión de la Corte Suprema de declarar "inconstitucional" la legislación que autoriza a los apoderados de la AFIP a trabar embargos sobre bienes de los contribuyentes, se informó hoy.
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación, al resolver en la causa 'Administración Federal de Ingresos Públicos c/Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal', ha emitido un saludable acto de gobierno, que es digno de todo encomio, en tanto impulsa la vigencia efectiva de valores republicanos esenciales como son la división de poderes, la reserva de la función cautelar para el Poder Judicial, la defensa en juicio, y la inviolabilidad de la propiedad", indicó el texto.

Según recordó el Instituto, "en 1999 el Poder Ejecutivo Nacional optó por propiciar una reforma de la Ley de Procedimiento Tributario para dar a la AFIP un privilegio" que luego "el Poder Legislativo convirtió en ley", y que autoriza "a los agentes fiscales disponer por sí mismos la traba de embargos, inhibiciones y otras medidas cautelares".

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación en su pronunciamiento (del 15 de junio) en la causa 'Intercorp' ha señalado que, en tanto la traba de medidas cautelares es una atribución que hace a la esencia de la función judicial, la ley que otorga esa potestad a los funcionarios de un organismo de la administración resulta inconstitucional", dijo el Instituto de Derecho Tributario.

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