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Condenan a una empresa a indemnizar a trabajador con Sida que pidió “tareas livianas”

La Cámara Laboral condenó a una empresa del grupo Cargill a indemnizar a un trabajador que, enfermo de SIDA, pidió que le asignaran “tareas livianas” pero nunca obtuvo respuesta favorable.
La Sala Segunda de la Cámara, con las firmas de los jueces Graciela González y Miguel Angel Maza, reconoció así que el trabajador se considerara víctima de “despido indirecto” en mayo de 2005, después de un intercambio telegráfico con la empresa Finexcor S.A.

Esa firma es productora de carnes vacunas frescas y congeladas destinadas a la exportación y al mercado interno, como también una importante variedad de carnes cocidas, hamburguesas supercongeladas y cortes enfriados envasados al vacío y forma parte del grupo Cargill.

Después de un período de convalecencia derivado de afecciones propias de su enfermedad, el trabajador envió un telegrama a la empresa el 27 de abril de 2005 quedando “A la espera de otorgamiento de tareas acordes” a su estado.

Desde allí se derivaron certificaciones médicas y nuevos telegramas que dilataron la reincorporación al trabajo, ante lo cual el empleado se consideró despedido “por culpa y accionar” de su empleadora.

La Cámara laboral le dio la razón y para ello tomó en cuenta que “la empresa contaba con sectores donde el actor podía realizar labores de menor exigencia”.

"El actor presenta un Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida con antecedente de una tuberculosis generalizada, con tuberculosa cerebral y una reacción vivencial anormal neurótica con manifestación depresiva", reconocen las constancias médicas.

No obstante, hacen la salvedad de que “no existe relación de causalidad con las tareas desempeñadas para la demandada”.

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