Testigos que trabajaron junto con el empleado discriminado aseguraron ante la Justicia que el joven "tenía temor de que le hagan algo sus compañeros, sexualmente hablando".
Los hechos ocurrieron durante más de un año hasta que, harto del maltrato, el empleado se consideró despedido.
La propia cadena de supermercados, al negar los hechos, calificó una conducta como la denunciada por el empleado como "deleznable comportamiento", y esa expresión fue adoptada por los camaristas Héctor Guisado y Estela Ferreirós para dictar la condena.
"El actor fue perseguido no sólo por sus compañeros, sino incluso por la más alta autoridad de la sucursal (el Gerente)", resumieron los jueces.
"Una conducta de este tipo implica un apartamiento de la empleadora de las obligaciones que la Ley pone a su cargo y constituye un acto ilícito de carácter extracontractual destinado a afectar la dignidad personal del trabajador que genera la responsabilidad de aquélla por el daño provocado y justifica el reconocimiento de la reparación", añade el fallo.
La condena trepa a 35.323,77 pesos más intereses a contar desde el momento en que se produjo la ruptura del vínculo laboral.