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Reducen de 80.000 a 5.000 multa a medicina prepaga por no asistir adecuadamente a discapacitado

La Cámara Federal de San Martín redujo de 80 mil a cinco mil pesos una multa impuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior a una empresa de medicina prepaga por no atender adecuadamente a un afiliado discapacitado.
Si bien el fallo reconoció que existió por parte del Círculo Médico de Morón, Hurlingham e Ituzaingó la omisión de "brindar la cobertura del 100 por ciento del tratamiento de rehabilitación para un afiliado discapacitado", consideró "excesiva" la multa.

Comercio Interior aplicó la sanción por infracción a la ley que "instituyó un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, previendo también una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos de rehabilitación y asistenciales".

Esa cobertura tiene "carácter obligatorio" e incluye para el paciente "el derecho de requerir de su obra social un transporte especial".

A las empresas de medicina prepaga les corresponde "cubrir, como mínimo, las mismas prestaciones que resultaran obligatorias para las obras sociales… y para el caso de personas con discapacidad, todas las que requiriera su rehabilitación", admite el fallo.

La resolución judicial sostiene que "debe tenerse por responsable" a la empresa de medicina prepaga por la infracción, "de modo que la sanción impuesta por la autoridad administrativa no surge como arbitraria o ilegítima".

"Sin embargo, se advierte que es excesiva", añade el fallo.

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