El trámite lo puede realizar un familiar o allegado al jubilado o pensionado, con la firma del titular certificada por autoridad competente (judicial, notarial o policial), autoridad bancaria (en caso de beneficiarios que tengan su firma registrada), o director de hospital, clínica o sanatorio (en caso de beneficiarios internados).
Una vez realizada la opción de cambio, el beneficiario recibirá la cobertura de la nueva obra social a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia se encontrará en el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que será entregado por ANSES para ser presentado ante la obra social elegida.
La impresión del CODEM se puede obtener también en la página de Internet de ANSES, en www.anses.gob.ar, sección Autopista de Servicios. La documentación y el formulario a presentar, y el listado completo de las obras sociales habilitadas para el cambio están disponibles en la misma página, sección Jubilados y Pensionados.