edición 7333 - visitas hoy 62695

elcomercioonline.com.ar Noticias Zona Norte

Noticias Zona Norte

La Corte rechazó tratar una demanda contra el veto del gobierno a la ley de glaciares

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó tratar la demanda de una ONG ambiental para que se declare la inconstitucionalidad del veto de la presidenta Cristina Kirchner a la ley de glaciares.
El máximo tribunal no hizo lugar a un amparo presentado por la Asociación Civil Diálogo por el Ambiente que objetaba y pedía que se dicte una medida que prohíba toda actividad que pueda afectar la condición natural de los glaciares, informaron hoy a DyN fuentes judiciales.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda dijeron que la Corte no es instancia originaria de la demanda y que el juicio debe entablarse en la justicia federal o en los tribunales de cada provincia.

La ley de "Presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial" fue aprobada por el Congreso y estableció acciones para el cuidado de esos recursos naturales y la prohibición de exploración y explotación minera o petrolífera en las zonas de las fuentes de agua congelada.

Pero la presidenta Kirchner vetó en noviembre de 2008 la norma a través del decreto 1837/08 por considerar que la prohibición de la explotación perjudica inversiones en las provincias, lo que fue advertido por los gobernadores.

La Asociación ambiental se presentó en la Corte y explicó que el veto dejó "sin protección ambiental a los placieras como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas" y reclamó la inconstitucionalidad de la decreto.

"Para que proceda la referida competencia, es necesario que una provincia revista el carácter de parte en el pleito; esto es, que tenga en el litigio un interés directo, de tal manera que la sentencia que se dicte le resulte obligatoria", explicaron los jueces.

Si bien la ONG presentó la demanda contra el Estado Nacional y luego la amplió contra San Juan, Mendoza, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Neuquén, porque allí hay glaciares, la Corte sostuvo que las provincias no tienen en la causa carácter de parte.

Así, los magistrados del máximo tribunal sostuvieron que la Asociación "deberá interponer sus pretensiones ante las jurisdicciones que correspondan, según la persona que, en uno u otro caso, opte por demandar: ante la justicia federal de serlo el Estado Nacional, o ante los tribunales locales en caso de emplazarse a las provincias".

Últimas Noticias