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El defensor del pueblo recuerda que se puede pagar la factura de gas descontando el cargo tarifario

El defensor del pueblo recuerda que se puede pagar la factura de gas descontando el cargo tarifario
El Adjunto I de la Defensoría del Pueblo, Anselmo Sella, recordó que "sigue vigente" la sentencia judicial que permite pagar la factura de gas descontando el cargo tarifario.
"Independientemente de la información conocida en las últimas horas, a propósito de la restitución de los subsidios al servicio de gas para el periodo junio-setiembre venidero, se puede pagar la factura del gas descontando el cargo tarifario", sostuvo Sella.

En un comunicado, explicó: "Sigue vigente la sentencia dictada por la Sala Quinta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal en la acción promovida por nuestra institución y que le posibilita a los usuarios abonar su factura descontando el cargo tarifario dispuesto por el decreto 2067/08 y normas complementarias".

Allí destacó que "a efectos de hacer valer sus derechos, los usuarios residenciales de gas deben concurrir a las oficinas comerciales de las distribuidoras y solicitar abonar su factura excluyendo el cargo tarifario".

"De esta manera se estará abonando lo efectivamente consumido", afirmó el funcionario.

Mediante el Decreto 2067/08 se creó un Fondo Fiduciario para atender las diferencias de precios de importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo.

El decreto facultó al Ministerio de Planificación Federal a fijar el valor de los cargos y a ajustarlos "en la medida que resulte necesario, a fin de atender el pago y repago de las importaciones de gas natural".

Por su parte, Sella sostuvo que "la aplicación de estas normas derivó en aumentos desmesurados en los valores de las facturas del servicio de gas, constituyéndose en arbitrarios y manifiestamente ilegales al contrariar principios elementales de justicia contenidos en la Constitución.

El ex defensor del Pueblo Eduardo Mondino promovió durante su gestión una acción judicial cuestionando las normativas mencionadas y señaló que "el cargo tarifario impuesto en el servicio de gas deviene inconstitucional toda vez que vulnera el principio de reserva de ley garantizado por la Carta Magna en la creación de tributos, competencia que quedó exclusivamente en cabeza del Congreso".

Ante esta presentación, la Sala Quinta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió "conceder la medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo, ordenando al Ente Regulador del Gas que, hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada por el ombudsman, instruya a los agentes de recaudación del cargo tarifario para que permitan a los usuarios afectados a seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior".

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