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Enviaron al Congreso un proyecto que modifica la ley penal tributaria, que agrava las penas

El Poder Ejecutivo envió hoy al Congreso un proyecto que modifica la ley Penal Tributaria, que en sus aspectos principales agrava las penas a los casos de evasión.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner formuló el anuncio en un acto en el barrio porteño de Mataderos, en tanto el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, explicó los alcances de la iniciativa en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno.

De acuerdo con Echegaray "el proyecto tiende a la penalización efectiva de las conductas de evasión evitando constituirse en un mero instrumento recaudatorio" y, en tal sentido "propone evitar que finalice una causa por el pago del monto evadido".

La medida excluye la aplicación de la "probation" respecto de los delitos penales tributarios y penales aduaneros (contrabando). En el caso de la evasión agravada, se propone juzgar la conducta de defraudación al fisco y no el importe adeudado. La reforma busca también ampliar la intervención procesal de la AFIP, indicó también el organismo en un comunicado.

Echegaray sostuvo que "la finalidad del proyecto es que tanto los organismos recaudadores como la Justicia puedan hacer foco en las causas de mayor relevancia económica, descomprimir a los Juzgados de casos menores y redoblar esfuerzos en la búsqueda de sentencias condenatorias respecto de los grandes evasores". Uno de los cambios más significativos de la iniciativa gubernamental apunta a modificar el motivo por el cual se agrava la figura de evasión impositiva simple.

El proyecto incorpora aquellos casos en los que se verifique algunos de los siguientes métodos: la utilización total o parcial de facturas apócrifas o cualquier otro documento equivalente falso, el ocultamiento de la identidad de los verdaderos sujetos obligados -mediante la utilización de testaferros- y el uso fraudulento de beneficios fiscales.

"Con el nuevo proyecto, el agravante será la intención de defraudación al fisco y no el importe adeudado", indicó la AFIP. La iniciativa incrementa el monto tope para la evasión impositiva simple de 100.000 a un millón de pesos.

A su vez, eleva el total evadido a 1 millón de pesos que se computará, sumando el importe final de los impuestos evadidos por período, sin ninguna diferenciación entre ellos.
En tanto, se mantiene la misma pena de tres y medio a nueve años de prisión para los delitos de evasión impositiva agravada.

Asimismo, se restringen las formas de finalización de las causas penales tributarias y previsionales, excluyendo la aplicación de la suspensión del juicio a prueba (probation)- y la extinción de la causa por pago, no permitiendo de esta forma que el delito pueda ser subsanado con un pago posterior.

De esta manera el proyecto tiende a la penalización efectiva de las conductas de evasión y evita constituirse en un mero instrumento recaudatorio. En este sentido, solo se desincriminará la conducta cuando exista arrepentimiento voluntario previo a cualquier accionar fiscalizador.

También se incorporó como delito la adulteración de controladores fiscales y cualquier otro sistema homologado o suministrado por el fisco.

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