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La justicia dejo sin efecto la resolución de que obligaba a "desinvertir" a Telecom

La Cámara en lo Penal Económico anuló una decisión de la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno, que obligaba a Telecom Italia a desinvertir en su filial argentina al advertir sobre posible situación monopólica.
La Sala A de la Cámara, con las firmas de los jueces Edmundo Hendler y Nicanor Repetto, urgió además a la Corte para que exija al gobierno la integración del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, "que es quien debe aplicar y controla el cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia".

La decisión judicial hace referencia a la orden del gobierno argentino a Telecom Italia para que desinvierta en su filial de Argentina, luego de que Telefónica de España compró acciones en la casa matriz de su competidora y, por lo tanto, podría generarse una situación de monopolio en el país "La imposición de una carga gravosa como la establecida a título de condición por el Secretario de Comercio Interior al ordenar desinvertir la totalidad de la participación accionaria en una empresa constituida en nuestro país tiene un claro sentido sancionatorio", dijeron los jueces.

En ese sentido, advirtieron que ello "no puede disponerse por ninguna autoridad sin previamente escuchar y permitir el ejercicio del derecho de defensa por parte de quien resulta sancionado".

De las 67 páginas del fallo, se desprende que la medida seguirá vigente hasta tanto se respete el derecho de las empresas involucradas a ser oídas en el marco de un proceso controvertido, y además aparta a Moreno de seguir interviniendo en la cuestión.

"Frente a las graves falencias de la resolución recurrida la anulación que debe disponerse conduce a que deba renovarse el acto nulo y permite, asimismo, que sea relevado de tener que pronunciarse nuevamente el funcionario causante del vicio", expresaron los jueces.

La Secretaría de Comercio Interior se había pronunciado en relación con "las transacciones celebradas en el año 2007 entre distintas entidades constituidas en el extranjero por medio de las cuales fue adquirido el paquete accionario de la que era dueña de una participación en el capital de Telecom Italia, sociedad esta última que tiene el control de la sociedad anónima constituida en nuestro país Telecom Argentina" "Una de las adquirentes es la sociedad anónima Telefónica constituida en España, que controla a su vez a la constituida en argentina, Telefónica de Argentina", explica el fallo.

De esa manera, se daba -según el argumento oficial- una situación de virtual monopolio en el sector de las telecomunicaciones.

En la decisión de "desinversión" adoptada por la secretaría a cargo de Moreno se denunciaba "el efecto restrictivo o distorsionador de la competencia por la concentración económica que se produciría al tener influencia decisiva en una de las empresas prestadoras del servicio de telecomunicaciones, la otra empresa del mismo ramo que junto con aquella detentan la mayor parte del mercado de este servicio en nuestro país".

"Las empresas extranjeras a las que se obliga a la desinversión no fueron escuchadas ni tampoco advertidas, de manera que pudieran expresar, ya fueran sus descargos o sus explicaciones o argumentos a lo que se encontraba en tratamiento", replicó el fallo, que no se pronuncia sobre la situación de monopolio sino sobre los procedimientos que llevaron a la resolución de la Secretaría de Comercio Interior.

En ese sentido, los magistrados que votaron por la mayoría -Juan Carlos Bonzón, el tercer integrante, había avalado la decisión de Moreno- pidieron a la Corte Suprema que curse una comunicación al Poder Ejecutivo exhortándolo a constituir el organismo que debe velar por la Defensa de la Competencia.

"Constituye un verdadero escándalo jurídico que la ley, dictada en septiembre de 1999, es decir hace más de diez años, se encuentre incumplida por una demora del Poder Ejecutivo en proceder a la designación que le fue encomendada expresamente", sostiene el fallo sobre la ausencia del Tribunal de Defensa de la Competencia.

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