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Millonaria condena a la municipalidad de San Isidro por lesiones que sufrió una arquitecta

La Cámara Civil condenó a la Municipalidad de San Isidro y a comerciantes de la zona a indemnizar con 2.250.000 pesos más una década de intereses a una joven arquitecta que sufrió gravísimas lesiones durante el incendio y desmoronamiento parcial de una carpintería de la zona que estaba siendo sometida a trabajos de fumigación.
El fallo fue dictado por la Sala M de la Cámara, con las firmas de los jueces Mabel De los Santos, Carlos Ponce y Elisa Díaz de Vivar, en relación con el siniestro ocurrido el 24 de agosto de 1999.

La víctima, por entonces de 28 años de edad, había concurrido a la carpintería “a los fines de encargar un trabajo en su calidad de arquitecta… Como consecuencia del daño causado por el fuego, perdió las cinco falanges de sus manos y sufrió serias quemaduras también en el rostro, los miembros superior e inferior derechos, el abdomen y el tórax”.

Los jueces determinaron que la Municipalidad estaba “obligada a conceder habilitación para el funcionamiento del local comercial y efectuar inspecciones, encontrándose facultada también para disponer clausuras preventivas”.

Pero “el establecimiento industrial no cumplía con los recaudos de seguridad del trabajo exigibles… la instalación eléctrica del lugar era precaria y el propio entrepiso que se desplomó tampoco se encontraba en las condiciones exigibles. Y ello constituye una imputación de responsabilidad por irregular cumplimiento del poder de policía en cuanto a la habilitación y categorización industrial del lugar”, sostuvieron.

Los camaristas destacaron que “de haberse observado el comportamiento positivo que las circunstancias exigían (el control y las inspecciones, ndr), se podría haber interrumpido el proceso causal, evitándose el resultado dañoso”.

La carpintería estaba siendo fumigada cuando ocurrieron los hechos, y una pericia determinó que "la inyección de líquidos en las galerías (que forma el insecto en la madera) representa algunas desventajas.

Por un lado, se corre el riesgo de un incendio cuando se usan materiales de base aceitosa".

“La negligencia con que actuó la empresa de fumigaciones constituye una concausa que coadyuvó en la producción del accidente en tanto se debilitó la estructura del entrepiso y se contribuyó a la ignición con los materiales inflamables dejados en el lugar”, subrayó el fallo.

Los camaristas merituaron que la víctima es “ una joven arquitecta de 28 años al tiempo del accidente, que había obtenido su título de grado con sólo 23 años, había realizado cursos de posgrado y se encontraba asociada a un estudio de arquitectura, dotada de un rostro y una figura agraciados”.

“Sufrió en el accidente quemaduras en una extensión del 28% de su superficie corporal total, de características críticas. Como secuela del accidente perdió las falanges de sus manos en su integridad y sufrió serias quemaduras también en el rostro, los miembros superior e inferior derechos, el abdomen y el tórax”, describe la sentencia.

La mujer “sufre también de disminución de la movilidad de ambas muñecas, importantes cicatrices en el miembro superior derecho y en el rostro derecho, con pérdida de pabellón auricular, y tiene también secuelas cicatrizales en el abdomen, tórax y miembro inferior derecho”.

“Quemaduras severas como la padecida por la actora producen en la etapa inicial, daño multiorgánico como consecuencia del shock hipovolémico, toxinas, anestesias y medicaciones varias recibidas, que pueden dejar secuelas orgánicas aún no mensurables, añade el informe.

Por esas razones, el tribunal condenó a la carpintería, a la empresa de fumigaciones y a la Municipalidad de San Isidro a indemnizar a la joven con 2.250.000 pesos “con más sus intereses”.

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