Antes de tomar la decisión, el médico había anticipado que “por pedido de la madre y la familia se evalúa la interrupción del embarazo. Seguimos trabajando el caso desde un abordaje interdisciplinario conformado por trabajadoras sociales, psicólogos, médicos neonatólogos y profesionales de todo tipo, porque es una nena de 10 años, con cuerpo de nena, y el embarazo es de altísimo riesgo. El caso de la niña cumple con los dos incisos de la ley correspondiente y acorde a la definición de la Organización Mundial de la Salud, ya que presenta riesgos para su salud física, psíquica y social, se trata de un caso de violación y la menor posee un retraso mental”.
Agustina es una chica de 10 años que se encuentra internada en el Hospital Materno Infantil Florencio Escardó de Tigre, donde se decidió interrumpir su gestación.
La Ley Nacional que creó el Programa Nacional de Salud Sexual y procreación Responsable y la Ley de Protección contra la Violencia familiar y el Embarazo reglamentan este tipo de interrupciones de la gestación y los protocolos que se deben seguir, ya que “no es punible una interrupción de embarazo practicada por un médico diplomado, con el consentimiento de la mujer encinta, siempre que evite riesgos para la vida o la salud de la madre, o si proviene de una violación a una persona con capacidades mentales disminuidas. El padrastro, autor de la violación todavía se encuentra prófugo de la Justicia.