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Confirman procesamientos por “asociación ilícita” en causa por pasaportes “truchos” de futbolistas

La Cámara Federal confirmó los procesamientos de 25 presuntos integrantes de una “asociación ilícita” destinada a falsificar pasaportes italianos, gran parte de ellos destinados a futbolistas para que no ocuparan cupo de extranjeros en Europa.
El cargo más grave recayó sobre María Elena Tedaldi –quien ya había sido condenada en Italia por el pasaporte de Juan Sebastián Verón-, considerada por la Cámara “jefa” de la supuesta “asociación ilícita”, una figura que contempla penas de entre cinco y diez años de cárcel.

La decisión fue adoptada por la Sala Segunda de la Cámara, con las firmas de los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, quienes también ordenaron investigar “si existió cuanto menos connivencia por parte de funcionarios consulares (italianos), con respecto a algunas de las maniobras desplegadas por las organizaciones descriptas”.

La Cámara confirmó en lo esencial una decisión adoptada el año pasado por el juez federal Norberto Oyarbide, en el marco de la causa denominada vulgarmente “de los pasaportes truchos”.

Entre las ciudadanías sospechadas de ilegales figuran las de los futbolistas Juan Forlín, Juan Pablo Carrizo, Diego Placente, Gonzalo Bergessio, Sebastián Battaglia, Sebastián Leto y Marcos Aguirre. La Cámara también imputó a la mayoría de los procesados los delitos de “dádivas” y “falsificación de sellos oficiales” y “falsificación de documentos”, todos con penas de hasta seis años de cárcel.

En una resolución de 110 páginas, la Cámara consideró que la organización liderada “centraba su funcionamiento en la gestoría “Ciudadanía Express” de propiedad de Tedaldi, dedicada a la realización de trámites para obtener diferentes ciudadanías europeas; en particular y en lo que a esta decisión interesa, la italiana”.

El fallo desestimó parcialmente las apelaciones, que “no han cuestionado la materialidad de estas maniobras” pero “sí pusieron en tela de juicio que aquellas tuvieran las características y entidad suficiente para revelar la configuración de diversos elementos típicos de los que describe la figura” de la asociación ilícita.

Los camaristas consideraron que “han sido reunidas suficientes pruebas para afirmar a esta altura la concurrencia de planes indeterminados en la asociación investigada, que actuaba en el seno de “Ciudadanía Express” en forma paralela a las actividades legítimas que allí también se desplegaban y de modo coordinado con otras personas ajenas al negocio”.
El fallo se detiene en el caso de Sebastián Leto, en el que “se verificó que los certificados acompañados y las firmas insertas en ellos habían sido adulterados, utilizándose sellos incautados en poder de Tedaldi e incluyendo datos espurios”.

En cuanto a Diego Placente, cuya nacionalidad fue gestionada ante la comuna italiana de Paludi, Cosenza, el fallo sostiene que “los dos oficios que llegaron a poder de la comuna lucían el sello y las firmas correspondientes al Consulado Italiano de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, desde esa sede se negó terminantemente haber emitido la documentación ni contar con la información ahí incluida”.

En relación con Carrizo y Forlín, la resolución sostiene que las ciudadanías fueron obtenidas mediante testigos que “aportaron declaraciones falsas”, ya que “dijeron conocer datos sobre familiares de los interesados que no podían saber”.

Sobre Gonzalo Bergessio y Marcos Aguirre, la investigación detectó una maniobra supuestamente ilegal en la que “se consigna la identidad de individuos con quienes contactarse en Italia para facilitar las acciones”. “Según surge de evidencias ya mencionadas en la presente, en el marco de esas gestiones concurrieron maniobras características del grupo”, subraya el fallo.

Específicamente en el caso de Bergessio, los papeles utilizados para la obtención de la ciudadanía “adolecían de requisitos previos como el visto consular y que además habían sido objeto de maniobras características del grupo en territorio argentino”.

El fallo recomienda que “se encamine la situación de aquellos imputados cuyos procesamientos adquieran firmeza a la etapa de crítica intermedia, a efectos de que no se prolongue la sustanciación de esta instancia preparatoria”, lo que virtualmente implica que la causa pasa rápidamente a juicio oral.

Pero también destaca “la necesidad de esclarecer si -como han sugerido algunos de los indagados y otras evidencias colectadas en el sumario- existió cuanto menos connivencia por parte de funcionarios consulares, con respecto a algunas de las maniobras desplegadas por las organizaciones descriptas en la presente”.

Finalmente, la Cámara le ordenó a Oyarbide la virtual internacionalización del expediente: “cabe encomendar al Sr. Juez de grado que, por las vías diplomáticas pertinentes, ponga en conocimiento de estas situaciones a las autoridades judiciales que correspondan, remitiendo -de considerarlo atinente- testimonios del expediente a esos efectos”.

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