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Desde hoy rige la ley que regula actividad de los patovicas

El personal de seguridad de los locales bailables de la provincia de Buenos Aires no podrá portar armas, deberán hacer un curso de capacitación, tendrán que registrarse y llevar una credencial identificatoria, según lo dispone un decreto del Poder Ejecutivo provincial.
La medida, que rige desde hoy, está establecida en el decreto 1096 publicado hoy en el Boletín Oficial que reglamenta la Ley 13.964 que fija las reglas para la habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión de personas en eventos musicales o de entretenimiento.

El decreto reglamentario, rubricado por el gobernador Daniel Scioli, crea el Registro Público Provincial de Personal de Control de Admisión y Permanencia, que establece que no podrán desarrollar tareas de control personas condenadas por delitos de lesa humanidad, ni personas que estén enrolados en fuerzas de seguridad pública (fuerzas armadas, de seguridad, policiales o del servicio penitenciario) u organismos de inteligencia, y quienes hayan sido exonerados de alguna de ellas.

También estarán inhabilitados para desempeñarse como "patovicas" aquellas personas que fueron condenadas por delitos cometidos en el desempeño de esa actividad.

Según la ley, los patovicas tendrán que tener dos años de residencia efectiva en el país; ser mayor de 18 años; poseer estudios secundarios completos; presentar certificado de antecedentes penales y reincidencia, y obtener un certificado de aptitud psicológica otorgado por autoridad pública o establecimiento privado reconocido por el Ministerio de Salud.

El personal de seguridad deberá aprobar el curso de formación Técnico Profesional en instituciones educativas públicas y privadas reconocidas por la Dirección General de Cultura y Educación, cuya capacitación estará orientada en técnicas no violentas de resolución de conflictos, ya que no podrá portar armas.

Además, el personal que desee integrar la actividad deberá ser empleado bajo relación de dependencia laboral directa de la persona o empresa titular del lugar de entretenimiento o, en su caso, de una empresa prestadora de dicho servicio.

El patovica está obligado a dar un trato igualitario a las personas en las mismas condiciones, "respetando la dignidad y protegiendo su integridad física y moral; cumplir con las condiciones objetivas de admisión y permanencia determinadas por los titulares de los establecimientos y/o eventos sin descuidar lo anteriormente mencionado".

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