En la web, el procesado, cuyo hermano había sido despedido en 2007 del Hipódromo, no identificó con nombre y apellido a los directivos pero sí con apodos en los que se refería a las autoridades de la empresa como "alimañas" y "subnormales", reseñó hoy el diario El País, según consignó la agencia Ansa.
Si bien en Uruguay existían fallos similares en casos en los que se enviaron mensajes difamatorios por correo electrónico, no hay antecedentes por "injuriar" mediante una página web.
En su fallo, la jueza Aída Vera Barreto consideró que las páginas de internet "no son un medio de comunicación", por lo que en este caso no puede aplicarse la Ley de Prensa.
La magistrada señaló que "la injuria, consiste en la ofensa del honor, la rectitud o el decoro de una persona, mediante palabras, escritos o hechos. Los medios para causar la ofensa pueden ser cualquiera, ya fueren escritos, verbales, mediante dibujos".