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Faggionatto Marquez prohibió a empresa eléctrica cortar el suministro ante el no pago de facturas

El juez federal de Zárate-Campana Federico Faggionatto Márquez prohibió a la empresa distribuidora de energía eléctrica de esa zona bonaerense cortar el suministro a los clientes que no hubieran pagado sus facturas a raíz de los aumentos tarifarios, que en algunos casos llegaron a 400 por ciento.
El magistrado ordenó, mediante una medida cautelar (provisoria), a la empresa local EDEN S.A., que "se abstenga de interrumpir, suspender y/o cortar el servicio eléctrico hasta tanto no recaiga en autos sententencia definitiva".

La medida fue adoptada ante la acción de amparo de un establecimiento rural y una empresa inmobiliaria de la zona de Los Cardales, ambas representadas por el abogado José María Estevez Cambra, quien pidió que el efecto alcance a todos los usuarios de la región por efecto de la "acción de clase", reconocida recientemente por la Corte Suprema de Justicia.

El juez resolvió así ante los reclamos de Wilfrid Koulitchenko, titular del Haras La Tradición SRL y cliente categoría T4 ("pequeñas demandas rurales", sin gas natural ni agua potable), y Alejandro Esteban Lagouarde, dedicado a la actividad inmobiliaria y cliente categoría T1 G.

Ambos clientes adujeron haber sufrido incrementos tarifarios de entre el 200 y el 400 por ciento a raíz de recientes resoluciones de la Secretaría de Energía, y calificaron el servicio provisto por EDEN como "pésimo, con frecuentes cortes y caídas de tensión que demuestran la ausencia total de inversiones y el desinterés por los usuarios que permanecen cautivos del sistema sin poder optar por otro prestador".

Faggionatto Marquez dispuso la medida cautelar, notificada hoy a las partes, el 31 de marzo pasado, "sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva y sin que la misma constituya un anticipo de jurisdiccion".

Ello significa que el juez aún no resolvió el fondo de la cuestión, esto es si el incremento tarifario -que los clientes consideraron "una verdadera confiscación patrominial"- es válido o no.

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