La norma establece un plazo de doce meses para que, paulatinamente, las bolsas de plástico sean reemplazadas por contenedores de materiales degradables o biodegradables "que resulten compatibles con la minimización del impacto ambiental".
"La presente ley no será aplicable cuando por cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno deban ser utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados", se indicó.
La autoridad de aplicación de la norma, el Organismo de Desarrollo Sostenible, deberá realizar campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no degradable o no biodegradable y será el responsable de la aplicación de la norma, como también de fijar sanciones a quienes las incumplan.
Las multas previstas en el texto de la ley van de diez a mil sueldos básicos de la categoría ingresante a la administración pública provincial -entre diez mil y un millón de pesos-, decomisos y clausuras temporarias o definitivas para los reincidentes.