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No es delito tener droga para consumo si no afecta a terceros

La Sala II de la Cámara Federal ratificó que no constituye delito la mera tenencia de drogas para consumo personal si no afecta la "salud pública", motivo por el cual revocó el procesamiento de un joven y dictó su sobreseimiento.
En una resolución del 22 de julio, conocida hoy y a la que Télam tuvo acceso, los camaristas Martín Irurzun y Horacio Cattani consideraron "descartada" la hipótesis de que la tenencia de esa escasa cantidad de estupefaciente pudiese "trascender hacia terceros indeterminados".

En la causa se investigaba a un joven que se encontraba en la estación de trenes Hipólito Yrigoyen, de la ex Línea Roca, donde "fue observado por la policía cuando estaba sentado esperando el arribo del tren con su mano dentro del bolsillo derecho del pantalón".

Al ser requisado por los pesquisas se constató que poseía "una escasa cantidad de marihuana que, según relató en su declaración indagatoria, había comprado para su propio consumo", se explica en el fallo.

"Considerando en conjunto la cantidad de material estupefaciente que tenía el imputado y las circunstancias relatadas -dijeron los camaristas- se concluye que esa tenencia estaba ceñida a la actividad de consumo individual y privado del nombrado y carecía de capacidad para trascender hacia terceros indeterminados".

Por esas circunstancias los magistrados revocaron el procesamiento que le había dictado en primera instancia el juez federal Rodolfo Canicoba Corral y sobreseyeron al joven "dejando expresa mención de que la formación de ese proceso no afectó el buen nombre y honor del que gozare".

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