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Los menores de edad detenidos deberán ser juzgados en 180 días

Los menores de edad que delincan y que sean detenidos en jurisdicción de los departamentos judiciales de La Plata, Quilmes, Necochea y San Martín, no podrán ser interrogados por personal policial ni estar presos más de 180 días sin ser juzgados.
Se trata del nuevo Fuero Penal de Responsabilidad Juvenil que rige desde las 0 horas de hoy en esos cuatro departamentos judiciales bonaerense, y que próximamente se extenderá a toda la Provincia.

La ley que creó el fuero establece que los menores de entre 16 y 18 años que cometan delitos en la provincia de Buenos Aires tendrán las mismas garantías procesales que los mayores y no podrán estar detenidos más de 180 días sin ser juzgados.

La norma, excluye del proceso penal a los niños inimputables en razón de su edad, pero se promueve para ellos la intervención del Servicio Local de Protección de Derechos.

La Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, María del Carmen Falbo, explicó que "los menores van a tener los mismos derechos y garantías que los mayores para ser juzgados. Hasta ahora no era así, había un juez omnipotente que hacía de juez y parte".

"Habrá un fiscal acusando, un defensor defendiendo y el juez controlando la garantía en el proceso", detalló en declaraciones periodísticas.

El fuero estará integrado por el Ministerio Público del Joven (fiscales y defensores), Juzgados de Garantías del Joven, Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil, Tribunales de Responsabilidad Penal Juvenil y Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal.

Fija que en la Investigación Preliminar, "en ningún caso" el menor será interrogado por parte de autoridades policiales, y prohíbe a los organismos administrativos con funciones de policía llevar antecedentes sobre los delitos atribuidos a los imputados.

Sobre la prisión preventiva, establece que "no podrá exceder de 180 días y, una vez transcurrido ese plazo, si no se hubiere realizado el juicio, el niño será puesto en libertad sin más trámite por el juez de la causa, sin necesidad de requerimiento fiscal o de la defensa".

En la etapa del juicio, los Tribunales de Responsabilidad Penal Juvenil -que estarán integrados por tres miembros- tendrán competencia en los "casos graves", como homicidios, abusos sexuales, privaciones ilegítimas de la libertad y secuestros.

En el resto de los delitos, intervendrán los jueces de Responsabilidad Penal Juvenil, y en ambos casos las audiencias serán reservadas.

En los cuatro departamentos en los que se pone en marcha hoy el nuevo fuero penal, la Corte dispuso que los magistrados que actualmente se desempeñaban como jueces de menores pasen a ocupar los cargos de juez de Responsabilidad Penal Juvenil o jueces de Garantías, según los casos.

"Ojalá que la prevención, a través de programas, sea fuerte para que la menor cantidad de chicos ingrese al fuero penal", afirmó la Procuradora.

Falbo precisó que "el menor aprehendido por una fuerza de seguridad debe ser puesto de inmediato a disposición del fiscal juvenil. El fiscal verá qué tipo de delito y en plazos brevísimos deberá decidir si queda detenido o lo deja en libertad pero lo pasa con medidas alternativas".

"En 180 días, como máximo, debe pasarse a juicio oral", remarcó.

Destacó además, que a partir de la vigencia de esta ley "no podrá haber chicos detenidos en comisarías sino que están los centros de recepción y centros de referencia que dependen del Poder Ejecutivo provincial".

Reconoció que "no hay tantos centros (de recepción) como debiera"

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