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Los Foros Vecinales y Municipalidad del Partido de San Isidro, aconsejan:

Dadas las actuales circunstancias que nos tocar vivir, sobre todo en lo que se refiere a la falta de seguridad nos obliga a extremar los cuidados para lograrla.
Como medidas alternativas dentro de su hogar, se ofrecen sistemas de resguardo domiciliario brindado por agencias de primera línea, perros adiestrados a tal fin, sofisticadas cerraduras, sistemas de alarma por volumen, por imágenes, traba ventanas, y un sin numero de posibilidades que se brindan al respecto, en muchos casos no satisfaciendo al atribulado usuario.

Luego de estas frustradas tentativas, se piensa junto a vecinos en la misma situación de desamparo en la contratación de quien pueda ofrecer una vigilancia permanente, decisión acertada pero a su vez riesgosa, es poner a descubierto todo movimiento que el vecino desarrolla fuera de los límites de su domicilio. Es por ello que se aconseja recavar información sobre la empresa que se desea contratar, a la que se le deben requerir las autorizaciones correspondientes para llevar a cabo estos delicados servicios.

Lo primordial y más aconsejable es EXIGIR a la Agencia prede-terminada, el certificado de inscripción efectuado ante la Dirección General Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Privada. Ley 12.297 - Decreto 1.897/02 Decreto Ley 4.069/91 – Res. de Jef. Nº 71.532

Este Foro Municipal de Seguridad, se encuentra facultado por Ley 12.154 para evaluar el funcionar de las Agencias de Seguridad Privada, por otra parte este organismo puede suministrar y disipar al vecino cualquier tipo de dudas sobre la verificación de las Agencias a las que se les requiera el delicado servicio.

La contratación inconsulta de servicios implica una responsabilidad civil que todo vecino en su momento tendrá que asumir con las costas y molestias que esto genera.

Jorge Ferrer
Presidente
Foro Municipal de San Isidro

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