También deberán informar si no relizaron operaciones durante un mes calendario, pero no será necesario dar a conocer el traslado de vehículos entre domicilios de agencias o concesionarias.
En tanto, se les amplían los plazos para informar las ventas, dentro de los 10 días corridos a partir de su concreción, y por otros motivos de baja, dentro de los 5 días.
La AFIP también derogó la obligatoriedad de registrar los comprobantes que respaldan las operaciones de intermediación en la compra venta de motos y vehículos usados.
"Este conjunto de operaciones tiende a avanzar en el proceso de formalización del sector", destacó el organismo a través de un comunicado de prensa. (Télam).