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Las penas a menores de edad deben computarse igual que en adultos

La Corte Suprema de Justicia determinó que las condenas a menores de edad recluidos en institutos deben computarse de igual forma que a los adultos presos en cárceles, en materia de plazos para el dictado de la prisión preventiva.
En el caso puntual resuelto por la Corte, se anuló la sentencia contra un joven condenado por robo y se ordenó el dictado de un nuevo veredicto, computando en base a la llamada ley "del dos por uno" los más de dos años que pasó en un instituto tutelar, sin que se le hubiese dictado prisión preventiva.

El fallo, al que accedió Télam, benefició a un joven condenado a siete años y seis meses de prisión en un juicio oral, veredicto ahora anulado por el máximo tribunal del país.

El joven había sido encontrado culpable de robo calificado con armas en tentativa y coautor de robo agravado, por el Tribunal Oral Criminal 21.

El veredicto fue apelado por la defensa oficial, que consideró que el detenido estuvo privado de libertad por más de dos años sin resolución judicial, por lo que el delito estaba prescripto, en base al artículo 7 de la ley 24390, aplicada para los adultos.

El planteo fue rechazado por el tribunal y la Cámara de Casación penal, que consideraron que esa ley no podía usarse en menores de edad, algo que fue revocado por la Corte.

El fallo fue firmado por los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda.

Todos entendieron que la ley aludida debía aplicarse también a menores de 18 años, en base a convenios internacionales suscriptos por el país.

Además, entendieron que "el término prisión preventiva" puede equivaler a "privación de libertad", algo que ocurre también con los menores de edad derivados a institutos.

"Un sistema de justicia de menores, además de reconocer iguales garantías y derechos que a un adulto, debe contemplar otros derechos que hacen a su condición de individuo en desarrollo, lo que establece una situación de igualdad entre las personas", sostuvo la Corte.

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