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Condenan a Francia por impedir adoptar a una lesbiana

La Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) condenó hoy a Francia por impedir que una lesbiana que vivía en pareja adoptara un niño.
Según el Tribunal, la mujer, de 45 años, fue víctima de discriminación y por eso se condenó al Estado francés a pagarle una indemnización de 10.000 euros por daños morales.

La decisión -difundida por el diario español El País- podría tener un gran impacto para aquellas personas homosexuales que planteen adoptar niños.

Es la primera vez que la CEDH condena a uno de los 47 Estados del Consejo de Europa por discriminación de carácter homosexual en una demanda de adopción, según indicó un portavoz del Tribunal.

Los magistrados del tribunal, por 10 votos contra 7, consideraron que Francia cometió discriminación contra la denunciante debido a su orientación sexual, así como una violación del respeto de la vida privada y familiar.

La sentencia del CEDH dio la razón a esta mujer francesa, profesora de una escuela infantil, que se quejó de que su solicitud de adopción fue rechazada por su condición sexual.

Los jueces estimaron que tal discriminación, que afecta al respeto a la vida privada y familiar, no se puede justificar más que por "razones particularmente graves y convincentes".

"Ahora bien -sigue la sentencia- esas razones no existen en el caso, dado que el derecho francés autoriza la adopción de un niño por un soltero, abriendo así la vía a la adopción por parte de una persona soltera homosexual".

La profesora vio cómo el Consejo general de Jura, la región en la que vive, denegaba su solicitud de adopción en 1998. El consejo invocaba la falta de "referentes de la identidad" debido a la ausencia de un referente paterno y por la ambigüedad de la pareja de la solicitante, que la que vivía desde 1990.

Las demás instancias superiores de la jurisdicción francesa, incluyendo el Consejo de Estado en 2002, confirmaron el rechazo de la solicitud de adopción y estimaron que la decisión no estaba fundada en la condición de la solicitante, sino que se habían tenido en cuenta las necesidades y el interés del niño.

Agotada la vía judicial en Francia, la profesora se dirigió a la CEDH, ante la que denunció una violación de los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de discriminación) de la Convención Europea de los Derechos del Hombre, que ahora le dio la razón.(Télam).

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