La utilización del referido sistema importa un potencial contaminación de aguas potables en los términos del artículo 200º del Código Penal, y/o contaminación peligrosa para la salud en los términos del artículo 55º de la Ley 24.051, ya sea en forma directa o indirecta.
Toda implementación de los mencionados equipos de inyección de líquidos residuales está expresamente prohibida en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por lo cual resulta ilegal su comercialización, distribución e instalación, se indicó.
Dicha prohibición surge de la Resolución A.D.A. Nº 12/03, que rechazó categóricamente el sistema propuesto ordenando intimar a todos los establecimiento que no cuenten con permiso o autorización de vuelco presentarse a regularizar su situación en un plazo de 30 días.
Atento a ello y en virtud del peligro inminente de la progresiva y continua contaminación de las aguas potables, damos a conocer por éste medio tal situación, a fin de poder entre todos salvar y cuidar el medio ambiente y la salud de todos los habitantes, indica la Dirección de Gestión Ambiental, Seguridad y Habilitaciones industriales de la comuna sanisidrense.