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La Legislatura bonaerense tratara el retorno de los radares en las rutas

La Legislatura bonaerense tratara el retorno de los radares en las rutas
La Legislatura bonaerense tratará la semana próxima el proyecto de ley que declara la emergencia vial en territorio bonaerense, reinstala en las rutas los radares de control de velocidad y crea juzgados de infracciones de tránsito provinciales.
La emergencia vial rige en la provincia desde el 18 de enero pasado por decreto del gobernador Felipe Solá, quien posteriormente envió al Senado provincial un proyecto de ley que crea un nuevo Código de Tránsito y que la Legislatura provincial tratará la semana próxima.

El proyecto autoriza a la reinstalación de radares en rutas, autopistas y caminos vecinales para controlar la velocidad y sancionar los eventuales excesos.

Los radares no podrán privatizarse ni concesionarse, por lo que los controles quedarán a cargo exclusivamente de la provincia, en el caso de las rutas, y de los municipios, en el caso del ejido urbano.

El ministro de Seguridad, León Arslanián, adelantó días atrás que "en muy poco tiempo" volverán los radares y explicó que "el Ministerio de Gobierno hizo la licitación y adjudicó a las empresas oferentes, y ahora están en el proceso de provisión (de los aparatos)".

En el caso de los vehículos, los límites de velocidad previstos en zonas urbanas serán de 40 kilómetros por hora en calles y 60 en avenidas, mientras que en las zonas rurales, el máximo permitido para motos, autos y camionetas será de 110 kilómetros por hora; en las semiautopistas será de 120 kilómetros y en las autopistas se permitirá circular a una velocidad de hasta 130 kilómetros.

Los microbuses, ómnibus y casas rodantes deberán circular a una velocidad máxima de 90 kilómetros por hora, tanto en zonas rurales, como semiautopistas y autopistas, mientras que los vehículos que transporten sustancias peligrosas deberán hacerlo a 80 kilómetros.

El proyecto dispone además la creación de juzgados de infracciones de tránsito provinciales, que tendrán a su cargo la sanción de las faltas que se cometan en rutas, caminos, autopistas o semiautopistas provinciales o nacionales en el territorio bonaerense, mientras que en el ejido urbano las infracciones serán analizados por los juzgados de faltas municipales.

Los juzgados de infracciones de tránsito provinciales estarán integrados por un juez administrativo y al menos un secretario y un subsecretario.

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