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Tarifas reducidas y beneficios para entidades de bien público de Tigre

El Concejo Deliberante de Tigre, por iniciativa del Bloque de Acción Comunal y con la adhesión de todos los Bloques Políticos, solicitó a las distintas empresas prestatarias de servicios públicos y a sus respectivos entes reguladores, la posibilidad de condonar deudas que mantengan las asociaciones civiles sin fines de lucro....
....del Partido de Tigre con dichas empresas, como así también la posibilidad de implementar una tarifa diferencial menos gravosa para estas entidades de bien público.

Mediante un Decreto sancionado por el Cuerpo en Agosto del año pasado, enviado a las empresas Gas Natural, Telecom, Aysa y Edenor y a sus respectivos entes reguladores, Energas, Secretaría de Comunicaciones, Etoss y Enre, se lograron rápidas e importantes respuestas.

En cuanto al servicio de telefonía para las entidades de bien público, la Secretaría de Comunicaciones de la Nación prevé beneficios para Bomberos, Jubilados, Bibliotecas Populares, Centros tecnológicos comunitarios y Escuelas primarias y secundarias, las cuales podrán ser beneficiadas con 1 (una) línea y hasta 2180 pulsos equivalentes al consumo de $100 por mes.

La tramitación para alcanzar el mencionado beneficio deberá ser ante la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, autoridad de validación de la aplicabilidad del beneficio.

Por otra parte, el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS), entidad reguladora de las empresas prestadoras del servicio de agua, contempla un Programa de Tarifa Social, mediante el cual estas asociaciones civiles pueden ser favorecidas con un descuento de hasta el 50% en el importe mensual y, si poseen alguna deuda, quitas de recargo y gastos administrativos y planes de hasta 24 meses sin interés para regularizar la situación.

Todas aquellas entidades que deseen iniciar el trámite para acceder a los beneficios otorgados por el ETOSS, deberán presentar en la Municipalidad de Tigre los siguientes documentos:

1) Estatuto de la Institución.
2) Acta de designación de autoridades.
3) Balance de los últimos tres períodos.
4) Constancia de inscripción como persona jurídica en el registro
respectivo.
5) Factura de Aysa.
6) Nota de la Institución solicitando el beneficio.
7) Aquellos que hayan atravesado un lapso de inactividad,
presentar declaración jurada manifestando ingresos anuales (en caso de
no contar con las exigencias del punto 3)

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