Fuentes judiciales informaron que la Fiscalía de Estado apelará la medida por lo que deberá conformarse una Corte de conjueces para resolver la cuestión.
Hasta el momento, el rubro "gastos funcionales" se abonaba como suma no remunerativa pero ahora, tras el fallo que declara inconstitucional esa calificación, esa suma se incorpora al básico y en la práctica supondrá un incremento salarial.
En los fundamentos de la sentencia, se expresa que el pago del rubro "gastos funcionales" al abonarse de manera "mensual, regular e ininterrumpidamente, es remuneración y no gasto".
"Es una verdad sabida, que en rigor dichas sumas van a los gastos personales y cotidianos, y no que guarden relación con la función o necesidades de la misma, sino necesidades de tipo salarial", precisa el fallo que remarca que "si se trata de insumos para el juzgado, existen los departamentos de compras y contrataciones".